Las prestaciones varían en función de la contingencia determinante. En los casos de enfermedad común, accidente no laboral o maternidad, las prestaciones sanitarias comprenden las siguientes modalidades:
• Asistencia en consultas, servicios y centros de salud, así como en el domicilio del enfermo.
• Prescripción y realización de pruebas y medios diagnósticos básicos.
• Actividades en materia de educación sanitaria, exámenes de salud, vacunaciones y otras actividades programadas para la prevención de enfermedades, la promoción de la salud o la rehabilitación.
• Tratamientos parentales, curas y cirugía menor.
• Además, las prestaciones que se concretan a continuación.
Atención a la mujer:
• Atención precoz y seguimiento del embarazo.
• Preparación al parto.
• Visita durante el primer mes del postparto.
• Detección de grupos de riesgo y diagnóstico precoz del cáncer ginecológico y de mama.
• Complicaciones patológicas de la menopausia.
Atención a la infancia, (hasta los 14 años cumplidos):
• Información y educación a los interesados, padres, tutores, educadores o cuidadores.
• Vacunaciones.
• Revisiones del niño sano.
Atención al adulto y anciano:
• Vacunaciones y detección de factores de riesgo.
• Educación y asistencia a enfermos crónicos.
• Atención a los problemas de salud de la tercera edad.
• Atención domiciliaria a pacientes inmovilizados y terminales.
Atención de urgencia:
A las personas de cualquier edad, que se prestará durante las 24 horas del día, en régimen ambulatorio o en el domicilio del paciente.
Atención a la salud buco-dental:
• Educación en materia de higiene y salud buco-dental.
• Medidas preventivas para la población infantil (fluoraciones, obturaciones y sellados de fisuras).
• Tratamientos agudos odontológicos, incluidas extracciones dentales.
• Exploración preventiva para embarazadas.
Otros servicios y prestaciones:
• Aplicación y reposición de sondajes vesicales y nasogástricos.
• Remisión o derivación de los pacientes a la asistencia especializada, por indicación del médico de atención primaria.
• Tratamientos de rehabilitación básicos, previa indicación médica. ...
Una vez superadas las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de la atención primaria, la atención y asistencia especializada comprenderá las siguientes modalidades:
• Asistencia ambulatoria especializada en consultas, que incluye la realización de procedimientos quirúrgicos menores.
• Asistencia ambulatoria en "hospitales de día", en los casos en que se precisen cuidados continuados médicos y de enfermería. Incluye cirugía mayor sin hospitalización.
• Asistencia especializada en régimen de hospitalización, que incluye la asistencia médica, quirúrgica, obstétrica y pediátrica para procesos agudos, reagudización de procesos crónicos o realización de tratamientos o procedimientos diagnósticos que así lo aconsejen.
• La atención de la salud mental y la asistencia psiquiátrica, que incluye el diagnóstico y seguimiento clínico, la psicofarmacoterapia y las psicoterapias individuales, de grupo o familiares y, en su caso, la hospitalización.
• Atención y servicios de urgencia hospitalaria, que se prestará durante las 24 horas del día a pacientes no ingresados que padezcan un proceso que requiera una atención inmediata del hospital. Comprende el diagnóstico, primeros cuidados y tratamientos necesarios para atender la urgencia y evaluar el proceso.
Otros servicios y prestaciones son:
• Diagnóstico y tratamiento de la infertilidad.
• Diagnóstico prenatal en grupos de riesgo.
• Diagnósticos por imagen.
• Planificación familiar.
• Radiología y radioterapia.
• Trasplantes.
El acceso a la asistencia especializada se realizará:
• A la asistencia ambulatoria, por indicación del médico de atención primaria.
• A la asistencia en régimen de hospitalización, por indicación del médico especialista o a través de los servicios de urgencia, cuando el paciente necesite previsiblemente cuidados especiales y continuados, no susceptibles de ser prestados de forma ambulatoria o a domicilio.
• A los servicios hospitalarios de referencia, por indicación de los demás servicios especializados.
Se extienden a todo tipo de medicamentos, con determinadas excepciones legales referidas básicamente a perfumería o dietética medicamentosa, y se dispensan:
• De forma gratuita para los tratamientos que se realicen en instituciones sanitarias de la Seguridad Social, los dispensados a pensionistas de la Seguridad Social y a los trabajadores en situación de invalidez provisional derivada de enfermedad común y accidente no laboral.
• La aportación será de un 10% del precio de venta al público, con un importe máximo de 2,64 euros en determinados casos.
• De forma contributiva para el resto de los beneficiarios, con una participación del 40% del precio de venta al público.
Son aquéllas que suponen un elemento adicional y necesario para la consecución de una asistencia completa y adecuada. Tienen esta consideración:
• Las prestaciones ortoprotésicas: prótesis quirúrgicas fijas, prótesis externas, vehículos para inválidos (cuya invalidez así lo aconseje), ortesis y prótesis especiales (entre las que se incluyen audífonos y moldes de audífonos para niños hasta los 16 años afectados de hipocausia bilateral).
• El transporte sanitario en situaciones de urgencia que impliquen daño irreparable para la salud o cuando exista imposibilidad física del interesado.
• Los tratamientos dietoterápicos complejos.
• La oxigenoterapia a domicilio.
• La información al paciente y a sus familiares, para la adecuada prestación del consentimiento informado y la utilización del sistema sanitario.
• La información y, en su caso, tramitación de los procedimientos administrativos necesarios para garantizar la continuidad del proceso asistencial.
• La expedición de partes de baja, confirmación y alta para la valoración de la incapacidad.
• El informe de alta, al finalizar la estancia en una institución hospitalaria, o el informe de la consulta externa de atención especializada.
• La documentación o certificación médica de nacimiento, defunción y demás extremos para el Registro Civil.
• La comunicación o entrega, a petición del interesado, de una copia del historial clínico, sin perjuicio de su conservación en el centro sanitario.
• Otros.
• Las prestaciones sanitarias tienen el mismo contenido que el derivado de causas no profesionales. Además, comprende: - El tratamiento médico y quirúrgico de las lesiones o dolencias sufridas, así como las técnicas terapéuticas que se consideren precisas. - El suministro y renovación de los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios. - Todas las técnicas de cirugía plástica y reparadora adecuadas.
• Las prestaciones farmacéuticas se dispensan de forma gratuita.
¿Qué es la tarjeta sanitaria?
La tarjeta sanitaria se configura como un documento individual y personalizado que identifica al usuario para acceder a los servicios sanitarios del Servicio de Salud de Castilla La Mancha.
La asistencia sanitaria en la actualidad es una prestación incluida en la acción protectora del sistema español de Seguridad Social. El derecho a la asistencia sanitaria se adquiere y se conserva cuando se cumplen determinados requisitos establecidos en la legislación que regula los distintos regímenes de la Seguridad Social.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, como entidad Gestora del sistema, tiene la competencia en el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria. La Tesorería General de la Seguridad Social como servicio común del sistema, tiene competencias en materia de afiliación a la Seguridad Social y la gestión de altas y bajas en los distintos regímenes.
El Servicio de Salud de Castilla La Mancha como Órgano Autónomo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha tiene la competencia para gestionar y dispensar las prestaciones sanitarias de dicho sistema en el ámbito de territorial de esta comunidad llevando a cabo así el mandato constitucional de extender la asistencia sanitaria a todos los ciudadanos. De este modo es voluntad del SESCAM seguir emitiendo la tarjeta sanitaria a todos los residentes en el territorio de esta Comunidad que aún no la tengan.
Desde esta Web se puedan llevar a cabo los siguientes trámites de solicitud de la Tarjeta Sanitaria por extravío o deterioro, actualización de datos. Este procedimiento se puede realizar a través de la web mediante el documento 'Tarjeta Sanitaria', ó llamando al 900.25.25.25, el número de teléfono del SESCAM.